- El ciudadano que labora de operador de autobús debe respetar la tarifa de $9.50 y preferencial de $2.50; el ciudadano usuario de transporte público, preferentemente debe de cargar con el importe exacto, para evitar que de este conflicto el único beneficiado sea el gobierno.
La Coordinación General de Movilidad (CMOV) comenzó a aplicar las primeras sanciones a los operadores que no cuentan con el cambio para cobrar los $9.50 pesos y preferencial de $2.50 pesos; refiriendo la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, creada por la misma clase política, establece en su Artículo 307, Fracción III, que “es obligación del operador disponer de moneda fraccionaria suficiente para proporcionar el cambio al usuario...”
Las multas de la CMOV generan un aceptable ingreso a los bolsillos del gobierno, ya que se establecen con base en el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización que actualmente es de 84.49 pesos; las tarifas o sus reglas de aplicación establece una multa de cincuenta a doscientas unidades de medida y actualización, lo que significa que a los pobres sueldos del trabajador urbanero (por que el concesionario terminará cobrándole), les quitarán por denuncia algo así como entre $4,224.5 a $16,898 pesos.
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