El Instituto Federal Electoral (IFE) a través del Consejo Local en el estado de Aguascalientes, emitió hoy la convocatoria que establece el Procedimiento para Integrar las Propuestas de Ciudadanos que ocuparán los cargos de consejeros electorales, en los Consejos Distritales en la entidad, para los Procesos Electorales Federales 2011-2012 y 2014-2015.
Ignacio Ruelas Olvera, Presidente del Consejo Local dijo que los Consejeros Distritales fungirán como garantes de la organización del proceso comicial los tres Distritos Electorales del estado; sus integrantes tendrán el contacto más cercano y directo con los ciudadanos durante los próximos comicios federales, en los cuales se habrá elegir al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y a los integrantes de las dos cámaras del Congreso de la Unión.
Ruelas Olvera puntualizó que entre sus atribuciones se encuentran determinar el número, la ubicación e instalación de las casillas y sus mesas directivas, conforme al procedimiento que establece el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE); registrar las fórmulas de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa; efectuar los cómputos distritales y la declaración de validez de las elecciones de diputados por el principio de mayoría relativa; realizar los cómputos distritales de las elecciones de diputados de representación proporcional, de senadores por ambos principios y de la votación para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Dijo que los Consejos Distritales estarán integrados por un presidente y seis consejeros electorales, todos con derecho a voto, así como representantes de los partidos políticos nacionales.
IRO explicó que los requisitos que deberán reunir los aspirantes a consejeros distritales son: ser mexicano por nacimiento, estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles, estar inscrito en el Registro Federal de Electores, contar con credencial para votar con fotografía, tener residencia de dos años en la entidad federativa correspondiente, no haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular y/o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político durante los tres años inmediatos anteriores a la designación, así como gozar de buena reputación.
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